Tribunales

La Audiencia juzga a una pareja acusada de alzamiento de bienes tras el cierre de una inmobiliaria en El Cotillo

La Fiscalía solicita 18 meses de prisión y multa de 67.500 euros para cada acusado por presuntamente obstaculizar la ejecución de una deuda judicial

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 09/06/2025 - 11:51

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas celebra este martes, 10 de junio, el juicio contra dos personas, identificadas como A.J.V.D. y A.M., acusadas de un presunto delito de alzamiento de bienes relacionado con la actividad de una empresa inmobiliaria en El Cotillo.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, ambos acusados, de nacionalidades belga e italiana y unidos como pareja de hecho, habrían actuado de forma concertada para impedir la ejecución de una deuda judicial dictada contra la empresa Arcotrust Property & Investments SL.

La mercantil, administrada por A.J.V.D., fue condenada al pago de 37.882 euros a favor de la sociedad Erbaniland SL, más otros importes en concepto de intereses y costas, según un auto de ejecución dictado en marzo de 2019.

La acusación sostiene que, para evitar el cobro de dicha deuda y continuar con la misma actividad inmobiliaria, los acusados cesaron formalmente la actividad de Arcotrust el 15 de abril de 2019 y reanudaron la explotación del negocio desde el mismo local, con el mismo mobiliario, nombre comercial, cartera de clientes y redes sociales, pero a nombre de A.M. como trabajadora autónoma.

Según el Ministerio Público, este cambio de titularidad frustró de forma “ilícita y definitiva” las actuaciones judiciales de cobro.

La Fiscalía califica los hechos como constitutivos de un delito de alzamiento de bienes, previsto en el artículo 257 del Código Penal. El Ministerio Fiscal atribuye a A.J.V.D. la autoría del delito y a A.M. la condición de cooperadora necesaria.

El Ministerio Público solicita para cada uno de los acusados una pena de 18 meses de prisión, multa de 15 meses con una cuota diaria de 150 euros —lo que supone un total de 67.500 euros—, e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Además, solicita que ambos indemnicen de forma conjunta y solidaria a la parte perjudicada por los perjuicios ocasionados, cuya cuantía será determinada en fase de ejecución de sentencia y actualizada conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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