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El Tribunal Supremo descarta la demolición del centro comercial Las Rotondas

El Ayuntamiento considera finalizado este proceso tras 20 años de litigio judicial, después de que se anula la licencia del edificio, con más de 69.500 metros construidos

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 26/11/2021 - 06:28

El Tribunal Supremo ha descartado la demolición del centro comercial Las Rotondas, ubicado en Puerto del Rosario. El Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación contra una resolución previa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El TSJC había declarado la inejecución de la sentencia previa de la demolición del centro comercial Las Rotondas por falta de fundamentación suficiente. El Ayuntamiento considera que “después de 20 años de litigio judicial, la presión acerca de la demolición de una parte del centro comercial Las Rotondas” desaparece.

Con la resolución de Supremo, añade el Consistorio, se concluye que no se demolerá el centro comercial “y se mantendrá la actividad económica y el empleo que esta gran infraestructura suscitaba, plenamente integrada en la ciudad e interiorizada entre la ciudadanía no solo de Puerto del Rosario sino de toda la Isla".

Ahora, asegura la institución municipal, “se procederá a ejecutar el convenio al efecto del Plan General de Ordenación Urbana en el que se cederán los espacios comunes de la parte sur al Ayuntamiento capitalino para servicios ciudadanos”.

El alcalde de Puerto del Rosario, Juan Jiménez, en nombre del equipo de gobierno, compuesto por PSOE, Podemos, Ciudadanos, Nueva Canarias y un concejal de la Agrupación de Electores Puerto del Rosario, muestra "una especial satisfacción tras lograr desbloquear y superar este asunto de gran impacto y sensibilidad ciudadana heredado y que hoy ponemos fin".

El Ayuntamiento de Puerto del Rosario señala que presentó en su momento a los tribunales  “toda la documentación requerida” y planteó “las alternativas oportunas para evitar el derribo, que supondría un daño económico inasumible para las arcas municipales al tener que hacer frente a posibles indemnizaciones, además del coste de las obras de demolición, y por otro lado, evitar la pérdida de puestos de trabajo vinculada a esta gran infraestructura”.

Previamente a la resolución del Supremo, se había declarado la “imposibilidad legal de ejecutar la sentencia” que anuló la licencia de construcción del centro comercial Las Rotondas, aunque se abrió una pieza separada para “determinar la indemnización que, en su caso, correspondería”.

El Ayuntamiento había pedido en tres ocasiones que el Juzgado declarase que era imposible ejecutar la sentencia del año 2007 que anuló la licencia de obras, otorgada en 2002. En las dos primeras ocasiones, la petición fue desestimada.

En cambio, en la tercera ocasión se tuvo en cuenta el criterio del Consistorio, que argumentó que se había aprobado de forma definitiva el Plan General de Ordenación, que entró en vigor en enero de 2017, en el que se incluye un convenio urbanístico con la propiedad del centro comercial.

El Juzgado señaló entonces que “la existencia de una nueva ordenación urbanística” en Puerto del Rosario “no puede ser obviada, sin que pueda considerarse que la misma tiene como objetivo evitar la ejecución del fallo” de la sentencia que anuló el permiso de obras.

Incremento de edificabilidad

Los tribunales determinaron que se incrementó de forma irregular el aprovechamiento urbanístico de la zona para ejecutar el centro comercial: de 14.700 a 47.423 metros cuadrados. El centro, incluyendo la parte construida bajo rasante, que no computa, tiene más de 69.500 metros construidos.

Según el convenio incorporado al Plan General, la propiedad de Las Rotondas, para “regularizar” su “situación jurídica”, debe entregar al Ayuntamiento determinadas parcelas. Para compensar el “déficit” de espacios libres y dotaciones, así como el aprovechamiento urbanístico que le corresponde obligatoriamente al Ayuntamiento, los propietarios del centro comercial tendrían que abonar también 2,1 millones de euros, según el convenio.

Con posterioridad, el pleno municipal modificó el convenio: una parcela que se consideraba que era propiedad de los promotores, en realidad la tendrían que haber cedido al Consistorio cuando urbanizaron. Así, tendrían que abonar 409.000 euros más o entregar otra parcela de 867 metros.

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