La sentencia ratifica el criterio del PP de Canarias de que existía una situación de "gravedad" en la organización de Fuerteventura en la etapa de Montelongo que desembocó en su destitución
El Juzgado rechaza la demanda de Montelongo contra el PP y avala la gestora y el congreso insular en Fuerteventura
La sentencia ratifica el criterio del PP de Canarias de que existía una situación de "gravedad" en la organización de Fuerteventura en la etapa de Montelongo que desembocó en su destitución
La Justicia avala la destitución de Águeda Montelongo como presidenta del Partido Popular (PP) de Fuerteventura. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Puerto del Rosario ha rechazado la demanda de Montelongo contra su destitución, el nombramiento de una gestora y la convocatoria del congreso insular en el que, en mayo de 2017, se aupó a la presidencia del partido a Fernando Enseñat.
Tanto Montelongo como el entonces secretario general del PP, Carlos Figueroa, presentaron una demanda contra la formación política en la que pedían la "nulidad" de la decisión del partido en Canarias, liderado por Asier Antona, de destituir a los cargos de la dirección en Fuerteventura.
También pedían que el Juzgado obligase a "restablecer en sus funciones" a los órganos de gobierno del PP en la Isla, entre ellos la presidencia insular en manos de Águeda Montelongo, y que se declarase nula la convocatoria del congreso insular de mayo de 2017. El pasado 24 de septiembre se celebró el juicio y, ya entonces, la Fiscalía se opuso a la demanda.
En la misma, Montelongo y Figueroa alegaron la vulneración de derechos fundamentales y que se habrían infringido los Estatutos nacionales del PP, el Reglamento de organización del PP en Canarias, la Ley Orgánica de partidos políticos e incluso la Constitución Española.
Por su parte, el Partido Popular de Canarias destacó que se nombró una gestora por la "situación de gravedad" que atravesaba la formación política en la Isla, que era "notoria" y que se materializó "en la expulsión" a finales de enero de 2017 de "más de un centenar de afiliados". La medida fue defendida en aquel momento por Montelongo con el argumento de que eran personas vinculadas a otros partidos. En cambio, el Comité nacional de derechos y garantías la anuló en abril de 2017, tres días antes del nombramiento de la gestora.
Además, el PP de Canarias destacó "otra serie de irregularidades" en el partido que presidía Montelongo, como la "exclusión" de militantes "en las listas de compromisarios", que no se tramitaran afiliaciones, o la "destitución y cese de miembros" del Ayuntamiento de Pájara de los órganos del partido. El 1 de abril de 2017, 11 de los 16 cargos públicos del PP de Fuerteventura comparecieron públicamente para pedir la dimisión de Montelongo y que se constituyera una gestora hasta la celebración del congreso insular.
"Estrategia"
La jueza Ana María Sanz subraya en la sentencia, notificada este martes a las partes, que "no cabe apreciar la pretendida vulneración" de los Estatutos nacionales del PP que alegaron Montelongo y Figueroa. "Queda suficientemente acreditado", señala, que "fueron debidamente notificados" de la convocatoria de la reunión del comité regional del PP en el que se adoptó la decisión de destituir a Montelongo, designar una gestora y convocar el congreso insular.
En ese sentido, la jueza recalca que Montelongo se excusó con razones personales, que "no han sido justificadas en modo alguno", para no asistir a la reunión y que, una vez celebrada, rehuyó las formas de contacto habitual para no ser notificada, dejando de responder a llamadas y mensajes. Esto "hace suponer" a la jueza que su falta de asistencia "fue una estrategia para no darse por enterada de los asuntos que se iban a tratar", como la designación de la gestora. "Era perfectamente conocedora del orden del día y voluntariamente decidió no acudir", apostilla.
Además, la jueza añade que Águeda Montelongo utilizó las vías internas reglamentarias para recurrir las decisiones adoptadas en el seno del PP de Canarias y recalca que "no alcanza a entender" que se alegue la vulneración de los estatutos del partido a que no se les abrió "expediente disciplinario " ni se les impuso "sanción alguna".
Asier Antona, el día del juicio en Puerto del Rosario.
Situación de gravedad "acreditada"
También destaca en la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que la situación de "gravedad" en el seno del PP de Fuerteventura que derivó en la designación de la gestora quedó "acreditada" en el marco del procedimiento judicial.
En la sentencia, la jueza también subraya que Montelongo y Figueroa pudieron "presentarse perfectamente" al congreso insular que convocó la dirección regional del PP, algo que rechazaron. En ese cónclave se impuso Fernando Enseñat, que fue el único que logró los avales necesarios.
HONOR. La jueza considera en la sentencia que "no se acredita en modo alguno que se haya producido una vulneración del derecho al honor" de Montelongo y Figueroa, como adujeron en su demanda, en la que aseguraron que la gestora se había producido sin causa que lo motivase y que se había "deteriorado su imagen pública".
JUSTIFICACIÓN. Al contrario, la jueza recalca que "las circunstancias relativas al cese" de Montelongo como presidenta insular del PP "estaban plenamente justificadas y se realizaron conforme a la normativa interna". En ese sentido, añade que no se infringió el derecho de asociación ni de participación política.
SENTENCIA. La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Puerto del Rosario condena en costas a Montelongo y Figueroa. Las fuentes consultadas apuntan a que los demandantes están valorando la interposición de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
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