La Fiscalía rechazó el recurso se la exasesora municipal y la Audiencia resalta que “no consta indicio racional” de que Juan Jiménez “hubiera resultado presionado” por Herrera
La Audiencia ratifica el archivo de la querella de la exasesora Yaiza Sotorrio contra el alcalde de Puerto del Rosario
La Fiscalía rechazó el recurso se la exasesora municipal y la Audiencia resalta que “no consta indicio racional” de que Juan Jiménez “hubiera resultado presionado” por Herrera
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha ratificado el archivo de la causa por la querella de la exasesora municipal Yaiza Sotorrio contra el alcalde de Puerto del Rosario, Juan Jiménez, dictada por el Juzgado número dos de la capital majorera el pasado mes de enero.
En un auto notificado este martes, al que ha tenido acceso Diario de Fuerteventura, la Sección primera de la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación interpuesto por Sotorrio, le impone las costas judiciales y deja claro que contra la resolución “no cabe recurso alguno”.
De esta manera, la Audiencia Provincial deja de forma definitiva a Juan Jiménez fuera del procedimiento judicial, en el que la exasesora municipal, que fue en listas de la Agrupación de Electores de Puerto del Rosario, acusa de un presunto delito de acoso sexual al concejal José Juan Herrera.
La Audiencia coincide con el Juzgado de instrucción en que no hay indicios contra Jiménez, a quien la exasesora atribuía la supuesta condición de colaborador necesario por decretar su destitución del cargo.
En ese sentido, la Audiencia destaca que Sotorrio “parte de la premisa discutida y discutible del previo conocimiento” por parte del alcalde del “presunto acoso” y “vincula gratuitamente” su cese como cargo de confianza “con el acoso sexual denunciado, cuando hay sensatas razones para poner ello cuanto menos en más que prudente entredicho”.
La Fiscalía también rechazó el recurso se la exasesora municipal y la Audiencia resalta que “no consta indicio racional” de que Juan Jiménez “hubiera resultado presionado por el investigado José Juan Herrera”, ni consta “mínimamente justificado” que “conociera los antecedentes de requerimientos sexuales, y menos aún que guiara su actuación precisamente para favorecer o facilitar en forma alguna la presunta conducta ilícita” de Herrera.
La Audiencia destaca las “lúcidas prevenciones” del Juzgado de instrucción sobre la acusación de que el alcalde había sido presuntamente informado de la conducta de Herrera por los concejales Manuel Travieso y Mayra Marichal, con quienes existía un “conflicto subyacente”, que derivó en su salida del grupo de gobierno.
“Es completamente razonable”, aduce la Audiencia, “plantearse la posibilidad dialéctica de que la información que se dice facilitada” a Jiménez por parte de los concejales “no lo fuera en forma completa y adecuada” para que el alcalde “lo tomara en consideración como una noticia seria y cabal por la cual se viera obligado a adoptar cuantas medidas fueran necesarias en su calidad de tal para evitar la continuación del presunto acoso”.
Comentarios
1 Anónimo Mar, 28/09/2021 - 17:25
2 Majorera Mar, 28/09/2021 - 21:24
3 Anonimo Mié, 29/09/2021 - 23:08
Añadir nuevo comentario