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La Audiencia Provincial confirma el desahucio del Ayuntamiento de Pájara de la guardería de Costa Calma

El tribunal rechaza el recurso municipal y concluye que el Consistorio no acreditó título alguno sobre la parcela donde se ubica la escuela infantil

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 21/05/2026 - 15:35

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado la sentencia que ordena al Ayuntamiento de Pájara desalojar la parcela donde se encuentra la escuela infantil de Costa Calma, al desestimar íntegramente el recurso de apelación presentado por el Consistorio contra el fallo dictado en septiembre de 2024 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Puerto del Rosario.

La resolución judicial, notificada este jueves, ratifica el desahucio por precario de la finca situada en la avenida Happag Lloyd, número 22, en la urbanización Cañada del Río, y mantiene la condena al Ayuntamiento para que “desaloje el descrito inmueble en plazo legal, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo llevara a cabo”.

La Audiencia Provincial rechaza los argumentos planteados por la corporación local, que sostenía que el litigio debía resolverse en la jurisdicción contencioso-administrativa y defendía que la parcela tenía carácter de dominio público al haber sido cedida al Ayuntamiento dentro del desarrollo urbanístico de Cañada del Río.

Frente a ello, la Sala concluye que corresponde a la jurisdicción civil resolver el conflicto al tratarse de “cuestiones controvertidas de propiedad o posesión entre particulares y Administraciones Públicas”.

La sentencia señala además que “no se trata, por tanto, de impugnar una vía de hecho de la Administración”, sino de una acción para recuperar la posesión de un inmueble cuya titularidad registral pertenece a la empresa demandante, El Ombú Canarias SL.

La Justicia condena al Ayuntamiento para que “desaloje el descrito inmueble en plazo legal, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo llevara a cabo”

El litigio tiene su origen en el concurso de acreedores de CHM Promociones Inmobiliarias Costa Calma SA, sociedad que era titular de la parcela antes de su venta a El Ombú Canarias en enero de 2023. La empresa adquirió la finca dentro del proceso de liquidación aprobado por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas y posteriormente presentó la demanda de desahucio contra el Ayuntamiento de Pájara.

En la sentencia ahora confirmada, el Juzgado ya había concluido que el Ayuntamiento ocupaba la finca “sin título legítimo”, después de que la corporación no pudiera acreditar ningún derecho sobre el inmueble. La magistrada María Isabel Quintero llegó entonces a calificar de “confusa e incomprensible” la argumentación municipal.

Titularidad privada de la parcela

Durante el recurso, el Ayuntamiento insistió en que la guardería municipal había sido construida sobre terrenos cedidos gratuitamente al Consistorio en 1984 por el promotor urbanístico Gregorio Pérez Alonso dentro del Programa de Actuación Urbanística (PAU) y Plan Parcial Cañada del Río.

La sentencia avala el derecho de la empresa El Ombú Canarias SL a recuperar la posesión de la finca

La Audiencia Provincial analiza esa documentación y admite que existió una cesión inicial de terrenos al Ayuntamiento, incluido el Polígono C-8, donde se encuentra la guardería. Sin embargo, sostiene que posteriormente se produjo una operación de monetarización del 10 por ciento del aprovechamiento urbanístico que alteró la situación jurídica de la parcela.

Según la sentencia, el Ayuntamiento liberó por error la finca registral 6227 bis, al entender que correspondía únicamente a una parcela concreta de 24.243 metros cuadrados, cuando en realidad comprendía todo el Polígono C-8.

La Sala destaca además que posteriores actuaciones municipales consolidaron la titularidad privada de la parcela. Entre ellas, cita una escritura de 1998 en la que el promotor cedió al Ayuntamiento únicamente otras parcelas distintas del Polígono C-8, así como diversas licencias urbanísticas concedidas por el propio Consistorio sobre los terrenos litigiosos.

El Ayuntamiento cobraba el IBI

El tribunal también resalta que el Ayuntamiento giró durante años recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a CHM Promociones Inmobiliarias Costa Calma SA por la parcela donde se ubica la guardería, llegando incluso a embargar la finca por deudas tributarias de la empresa.

La Audiencia sostiene que el Ayuntamiento ha ocupado el inmueble “sin contrato o título que ampare la posesión”

Asimismo, subraya que el Consistorio participó como acreedor en el concurso de acreedores de CHM y “consintió la inclusión de la finca registral 20.908 descrito como edificio destinado a guardería en la masa activa”, sin impugnar ni la subasta extrajudicial ni la posterior venta de la parcela a El Ombú Canarias SL.

La Audiencia concluye que “no resultó controvertido por el Ayuntamiento, especialmente en el procedimiento concursal de CHM, la titularidad de dicha finca”.

Por ello, la sentencia determina que “debe prevalecer a los efectos de este proceso de precario la posesión de la entidad actora que deriva del título de dominio de la finca que consta inscrito a favor de dicha entidad”.

“No consta el título”

El fallo añade que “no consta el título que invocó la Corporación demandada que ampararía su posesión” y reconoce el derecho de El Ombú Canarias a recuperar el inmueble “en cuanto propietaria y titular registral de la finca”.

La Audiencia Provincial desestima así el recurso de apelación del Ayuntamiento de Pájara, confirma íntegramente la sentencia de primera instancia e impone además al Consistorio las costas de esta segunda fase judicial.

La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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