TRIBUNALES

Condenado a 11 años de inhabilitación al exalcalde de Antigua Juan José Cazorla

La Audiencia de Las Palmas considera acreditado que se fraccionó una contratación para evitar tener que licitar un procedimiento negociado

El axalcalde de Antigua. Foto: Carlos de Saá.
EFE 0 COMENTARIOS 14/02/2022 - 20:25

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 11 años de inhabilitación por prevaricación al exalcalde de Antigua Juan José Cazorla por haber contratado entre 2015 y 2017 a una asesora a de forma directa, ignorando los procedimientos y fraccionando las facturas.

La sentencia considera probado que Cazorla, por su experiencia municipal, sabía que estaba cometiendo una "flagrante infracción" de la normativa que regula la contratación en las administraciones públicas y una "clamorosa ilegalidad", aunque ningún funcionario municipal le advirtiera de forma expresa al respecto.

En este punto, la Audiencia es especialmente crítica con la Intervención del Consistorio, cuya actuación le resulta "cuando menos cuestionable", por la "omisión de los mecanismos de control" que debieron evitar que el Ayuntamiento pagara 43.700 euros de forma "arbitraria" y al margen de la legalidad.

De hecho, el tribunal declara a la profesional "cooperadora necesaria" de la prevaricación que cometió el exalcalde y le impone la misma condena: 11 años de inhabilitación para desempeñar cargos o empleos públicos.

"Es del todo punto impensable que el acusado, con amplia experiencia en la gestión pública, pues fue alcalde en otra legislatura anterior (...), actuara con la convicción de que hacía lo correcto y no fuera lógica y plenamente consciente de la flagrante infracción del ordenamiento jurídico que se estaba cometiendo con la adjudicación discrecional del servicio de prensa y comunicación del Ayuntamiento de Antigua", señalan los magistrados.

La Audiencia considera acreditado que, durante una primera etapa, el alcalde Cazorla, de Alternativa por Antigua, y su asesora de prensa fraccionaron los contratos (con 1.900 euros mensuales más IGIC) para evitar tener que licitar ese servicio por un procedimiento negociado.

Más tarde, el servicio se licitó como contrato menor, pero "prostituyendo" las condiciones que exige la ley, "a través del fraude consistente en que la única propuesta que reunía las condiciones exigidas era la caprichosamente seleccionada con carácter previo, todo ello con el fin de asegurarse la adjudicación, pues las otras dos propuestas presentadas lo son solo simuladamente al no reunir siquiera las condiciones establecidas en la convocatoria".

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