URBANISMO

El TSJC niega una indemnización de 14 millones por desclasificar dos planes parciales en Betancuria

Los propietarios de los terrenos de las antiguas urbanizaciones El Cangrego y Playa de Santa Inés pedían que el suelo fuera urbano o que se les indemnizara, pero la Justicia respalda el Plan General

Vista de satélite de la zona.
Saúl García 2 COMENTARIOS 07/10/2018 - 08:00

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado el recurso de las sociedades Golfstrom, Aguas Verdes y una comunidad de propietarios contra el Plan General de Betancuria, aprobado en el año 2013.

Estas sociedades impugnaron tanto este Plan como el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Rural de Betancuria porque calificaban el suelo incluido dentro de los planes parciales El Cangrego y Playa de Santa Inés, con más de diez millones de metros cuadrados, como suelo rústico de protección paisajística.

Con este fallo, el Tribunal tumba la pretensión de los propietarios de recibir una indemnización que sumaba más de 14 millones de euros por la desclasificación de esos terrenos.

El TSJC, como ya dictara el Tribunal Supremo en una sentencia de 2017, señala que esos informes urbanísticos dejan probado que esos terrenos no están consolidados por la edificación “ya que las edificaciones existentes, aparte del grado de dispersión, no ocupan al menos las dos terceras partes de los espacios aptos para la misma de acuerdo con el planeaminto”.

Por tanto, no concurren los requisitos legales para integrarse en suelo urbano ya que tan sólo hay asfaltada una carretera y solo en una parte, no hay redes de suministro de agua, energía eléctrica ni saneamiento y no se conforma una trama urbana.

Los propietarios pedían que se considerase a sus inmuebles como urbanos o urbanizables o que se les indemnizara con la citada cantidad, pero según la sentencia, los terrenos ya eran suelo rústico de protección antes de que se aprobara el Pan General impugnado.

Sobre la indemnización, además, señala el fallo que no ha lugar porque tampoco acudieron antes “a la vía previa en relación con la responsabilidad patrimonial de la Administración”.

En una demanda anterior los propietarios defendían que los planes parciales El Cangrejo y Playa de Santa Inés, aprobados en 1974 y 1975, con más de 136.000 plazas turísticas contempladas en su momento, clasificaban el suelo como urbano.

Los terrenos fueron desclasificados mediante la Ley de 2001 de Medidas Urgentes, el antecedente de las Directrices de ordenación del territorio y del turismo, que se aprobaron dos años después.

Esta normativa convertía en suelo rústico las urbanizaciones aisladas que no se hubieran ejecutado y que, en este caso, se debían haber construido antes del año 1990.

Comentarios

Unos alemanes que querían hacerse ricos
Los majoreros se hicieron de oro dedicándose a vender solares urbanos con plan parcial y proyecto de urbanización aprobados a extranjeros. El Ayuntamiento cobrando el IBI-U, Hacienda cobrando lo suyo, y al final cuando tenían casi todo vendido, lo convertieron en Espacio Natural. A los propietarios de Montanya Rayada los indemnizaron sin haber invertido casi nada, sin embargo aquí si se ha invertido muchísimo dinero, pero no indemnizan. Esta hipocresia aruinará la Isla, ya lo verán. Con saludos desde el sentido común.

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