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El Constitucional rechaza el recurso del Gobierno de Canarias sobre las competencias para ordenar el derribo del Oliva Beach

El Ministerio de Transición Ecológica acordó el pasado febrero la caducidad de la concesión para ocupar el dominio público que tenía RIU desde 2003

Diario de Fuerteventura 4 COMENTARIOS 26/09/2024 - 06:55

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del Gobierno de Canarias sobre las competencias en materia de Costas, a raíz de la decisión del Ministerio de Transición Ecológica de caducar, en febrero pasado, la concesión al Hotel RIU Oliva Beach para ocupar el dominio público marítimo terrestre en las Dunas de Corralejo.

El pleno del Constitucional se ha posicionado, por unanimidad, a favor del Gobierno central en su disputa con el Ejecutivo canario, que ha venido defendiendo que desde la aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía la competencia reside en el Gobierno canario, según adelantó Canarias Ahora.

El Tribunal Constitucional había acordado el pasado 2 de julio admitir a trámite el conflicto de competencia interpuesto por el Gobierno de Canarias contra la orden del Ministerio de Transición Ecológica que caducó la concesión del Hotel Oliva Beach en las Dunas de Corralejo y acordó la demolición de las instalaciones.

El pasado 27 de febrero, el Ministerio decidió tras un largo proceso, la caducidad de la concesión para ocupar el dominio público otorgada a la cadena hotelera RIU en julio de 2003, por incumplimientos en la autorización y obras irregulares.

El Gobierno de Canarias planteó un conflicto de competencia con el objetivo de frenar la orden de derribo del hotel y hacer prevalecer el criterio de que, desde la transferencia de la gestión del litoral por el nuevo Estatuto de Autonomía, la decisión última corresponde a la comunidad autónoma.

El conflicto ante el Constitucional lo planteó el actual gobierno compuesto por Coalición Canaria y Partido Popular, pero en la pasada legislatura el PSOE se movió en una posición similar. De hecho, días antes de las últimas elecciones, el entonces consejero de Transición Ecológica, José Antonio Valbuena, concedió el permiso para reformar el polémico hotel.

La caducidad de la concesión afecta tanto al hotel como a los apartamentos Oliva Beach, que quedaron dentro del dominio público marítimo terrestre en el deslinde aprobado en 1992. El Ministerio de Transición Ecológica recabó el informe favorable del Consejo de Estado.

La concesión de Costas se remonta a 2003, se modificó en abril de 2007 y se prorrogó en septiembre de 2016, pero el Gobierno central lleva desde 2019 tratando de anular la concesión por incumplimientos que atribuye a la cadena hotelera RIU.

La resolución del Ministerio de Transición Ecológica del pasado mes de febrero ordena a la empresa Geafond Número Uno Lanzarote, de la cadena RIU, el “levantamiento y retirada del dominio público marítimo-terrestre de las instalaciones existentes a sus expensas”.

Además, ordenó a la Demarcación de Costas de Canarias que “lleve a cabo el acta de reversión”, es decir, que recupere el dominio público ocupado.

Incumplimiento de la concesión

En septiembre de 2019, el Ministerio dio los primeros pasos para anular la concesión del dominio público, de 59.768 metros cuadrados en las Dunas de Corralejo, después de descubrir, en abril de 2017, que había 20 apartamentos que habían sido vendidos por la empresa concesionaria. Una de las condiciones de la concesión era que RIU tenía que garantizar que era la única dueña de los inmuebles.

Además, entre las prescripciones de la concesión del dominio público está garantizar “el acceso público y gratuito” a 18.122 metros cuadrados de la superficie, con “carteles indicadores”.

También se dejaba claro que en las instalaciones “únicamente estarán permitidas, previa autorización” del Ministerio, “obras de reparación, mejora, consolidación y modernización, siempre que no impliquen aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes”.

En un primer momento, el Gobierno central inició la vía de la revisión de oficio de la concesión otorgada en 2003, pero luego optó por otra vía, la de caducar aquella autorización para ocupar el dominio público. En el primer caso, el Ejecutivo tendría que reconocer implícitamente que se había equivocado al otorgar la concesión, mientras que con la segunda opción la culpabilidad se hacía recaer en la empresa de RIU, por los incumplimientos de las condiciones establecidas.

Irregularidades de RIU

En noviembre de 2020, la Demarcación de Costas de Canarias inspeccionó las instalaciones y comprobó que no se respetaba el acceso libre a las instalaciones, en contra de las condiciones de la concesión, entre otros incumplimientos, y que prácticamente todo el complejo estaba vallado.

En marzo de 2022, la Dirección General de la Costa y el Mar impuso una multa de 204.458 euros a RIU por la comisión de una infracción grave y de dos infracciones leves, ya que había llevado a cabo un “aumento de superficie, volumen o altura construidos sobre los autorizados” en la concesión.

“Como ha quedado probado durante la tramitación del expediente sancionador, se ha producido un aumento de superficie y volumen del 22% del total autorizado”, subraya la resolución.

En ese sentido, se destaca como incumplimientos el vallado de parcela, la construcción de la carretera y el aparcamiento, la construcción de la acera, la “transformación de terrenos para zona ajardinada”, la “instalación de contenedores metálicos de residuos”, la instalación de un contenedor de residuos con puerta abatible, un contenedor marítimo, un depósito de propano, un depósito de agua sin tratar e instalación eléctrica. Además, tenía una tienda abierta al público, “lo que constituye un incumplimiento de las condiciones del título, que no contempla estos usos”.

Comentarios

Mafia Canaria, prensa amarilla canaria.
Si fuera a un pobre ya hubieran pasado las palas, cómo es RIU ya se verá. Lo de siempre.
Por un alpende fue a parar una Sra a Tahiche y ahora que? Cómo es una cadena hotelera nos manifestamos en la plaza? Hay que tener poca verguenza!!!!!
Muy buena noticia.

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