El Ayuntamiento descarta recurrir la sentencia de las canalizaciones de DISA
El grupo de gobierno considera “muy contundente” la resolución judicial, que anula la paralización de las obras dictada en 2019
El Ayuntamiento de Puerto del Rosario ha confirmado este martes que acatará la sentencia favorable a la empresa petrolífera DISA, que impugnó la paralización de las canalizaciones de transporte de combustible que, cuando fueron suspendidas por el Consistorio, estaba desarrollando en la urbanización de La Hondura.
La empresa recurrió ante la Justicia la resolución municipal que le ordenó paralizar las obras, fechada el 23 de octubre de 2019. El Juzgado de lo contencioso número cinco de Las Palmas de Gran Canaria resolvió a favor de DISA y anuló el decreto de paralización de las obras, firmado por el entonces concejal de Fomento, Manuel Travieso.
Este martes, el Ayuntamiento asegura que la asesoría jurídica municipal entiende que no procede la interposición de recurso frente a la sentencia, que es “muy contundente”. Así, llega a conclusiones como que DISA “cuenta con todos los títulos preceptivos para la ejecución de las obras que precisan, en ocasiones, de una ocupación temporal de la vía pública, cuyas autorizaciones le fueron concedidas de manera inmediata”.
El Ayuntamiento explica que DISA también solicitó autorización para la ocupación de la vía pública al inicio de las obras en la calle La Pesca, “cuya solicitud nunca se resolvió a diferencia de lo sucedido con las anteriores”.
“En este sentido”, profundiza la sentencia, según el Ayuntamiento, “el cambio de parecer municipal se produjo como consecuencia de la oposición vecinal a que las conducciones de DISA discurrieran por el casco urbano, evidenciándose la voluntad de parte de los grupos municipales de paralizar las obras, a pesar de que contaban con los títulos habilitantes para ello”.
Además, incide, “no consta ni se alega ni se prueban por la Administración los motivos, ni consta en el expediente administrativo informe técnico alguno que ampare la denegación de la autorización para la ocupación de la vía pública”.
Del mismo modo, tampoco se alegaron ni se probaron por la Corporación municipal “las razones que justificaron el cambio de criterio municipal en el otorgamiento de las autorizaciones para la ocupación temporal de la vía pública”.
Retirada de señalizaciones
El Ayuntamiento recuerda que la sentencia hace alusión a la retirada, con medios municipales o de terceros, de todos los elementos que se encontraban en la zona que fueran un obstáculo para permitir la salida de los vecinos de La Hondura por la calle La Chalana, así como proceder por parte de los servicios municipales a modificar las líneas amarillas de señalización provisional en tres calles, de tal manera que se permitiera la entrada por la calle Chandray y la salida por la calle La Chalana, así como a retirar los semáforos provisionales que se habían instalado y entregarlos a la empresa.
Por ello y según dicha sentencia, “la doctrina de los actos propios y el principio de confianza legítima bastan para anular la resolución municipal, que venía a cambiar el criterio mantenido por la Corporación, generando así indefensión en DISA”.
El Ayuntamiento resalta que según el Juzgado se produjo “la paralización indebida de unas obras que, a día de hoy, cuentan con todos los títulos habilitantes para DISA”, por lo que ninguno de los argumentos esgrimidos por la institución municipal “han tenido favorable acogida”.
Por ello, el Ayuntamiento concluye que “no procede la interposición de recurso” frente a la sentencia, “puesto que si así fuera, supondría un riesgo aún mayor para el propio Ayuntamiento, por las consecuencias judiciales que acarrearían”.
Comentarios
1 pasmada Mar, 13/04/2021 - 15:52
2 Al comentario 1 Mar, 13/04/2021 - 19:57
3 Elena Mar, 13/04/2021 - 20:43
4 Eva Mar, 13/04/2021 - 20:59
5 Anónimo Mié, 14/04/2021 - 10:04
6 Pedro Jue, 15/04/2021 - 21:31
7 Armando Jue, 15/04/2021 - 21:38
8 Jose M Gómez. Mar, 20/04/2021 - 19:49
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