CCOO denuncia el “colapso” de la Seguridad Social para resolver los expedientes de incapacidad
“La odisea de no cobrar tres meses por la saturación empuja a varias personas enfermas a la precariedad”, dado que la demora de las resoluciones supera ya los 730 días
Desde CCOO Fuerteventura denuncian el “colapso” de la Seguridad Social en la isla majorera al superar las demoras de resolver los expedientes de incapacidad permanente en más de 730 días, el máximo que recoge la Ley General de la Seguridad Social y normas concordantes, “una situación que empuja a varias personas a la vulnerabilidad y a una situación muy precaria de por sí, pues durante el tiempo de la baja el importe de la prestación de incapacidad temporal se reduce entre el 60% desde el cuarto día de baja (los primero tres días no se cobran), y alcanza el 75% a partir de veintiún días”.
Según explica el sindicato, una vez superados los 730 días de baja médica, la Seguridad Social suspende el pago de la prestación hasta que haya resolución o inicio del procedimiento de incapacidad permanente por la no mejora o curación de la persona enferma.
Una resolución que debe dictar la misma Entidad Gestora de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social Provincial (INSS) de Las Palmas que tiene las competencias de reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social, entre las cuales las de incapacidad permanente.
“Dejar en suspenso el cobro de la incapacidad temporal una vez cumplidos los 730 de baja, se convierte en una odisea para las personas enfermas, les obliga a buscar ayuda de familiares para poder subsistir, una situación que sufren varias personas de Fuerteventura, a pesar de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo del año 2003 insta claramente a la Entidad Gestora de seguir manteniendo el abono del subsidio, y por tanto la prórroga de la incapacidad temporal mientras no haya resolución expresa del organismo calificador, pues no es el trabajador quien haya incumplido la norma, sino la Administración competente para resolver dicho expediente.”, señala CCOO .
Además, según explica: “El INSS, en un criterio de gestión del año 2023, especifica que la responsabilidad del abono de la incapacidad temporal en los casos de pago directo por las mutuas, cuando por circunstancias excepcionales superen los 730 días sin resolverse expresamente, esta debe seguir abonando el subsidio de la incapacidad temporal, situación que no aplica el propio INSS”.
Según CCOO esta situación la sufren varias personas trabajadoras en la isla majorera, algunas pendientes de intervención quirúrgica relacionadas con el sector de hostelería como camareras de pisos, u otros precedentes de la construcción.
“Lejos de resolverse su expediente se ven abocados a la exclusión social y una situación de extrema vulnerabilidad por la demora en la resolución de su expediente, al no recibir ingresos ninguno desde el pasado mes de noviembre”, concluye.
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