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CC y PP presentan una moción para que la Secretaría General del Cabildo se pronuncie sobre el quórum del Consejo de Gobierno

El informe de la Asesoría Jurídica solicitado por el presidente señala expresamente que se "deban emitir informes" del órgano de apoyo al Consejo de Gobierno Insular

Diario de Fuerteventura 6 COMENTARIOS 24/01/2023 - 11:39

Los portavoces de Coalición Canaria- Asamblea Majorera y del Partido Popular en el Cabildo de Fuerteventura, Lola García y Claudio Gutiérrez, respectivamente, han presentado una moción para su debate y aprobación, si procede, en el próximo pleno ordinario, que exige al presidente del Cabildo que solicite a la Secretaría General Técnica de la institución un informe sobre el quórum necesario para la válida adopción de acuerdos en el seno del Consejo de Gobierno insular.

Según explican ambos portavoces, "el informe de la Asesoría Jurídica solicitado por Lloret, y con fecha del 27/12/2022, señala expresamente que las conclusiones del mismo no pretenden sustituir o suplir el contenido de aquellos otros informes que se hayan podido solicitar o que, preceptivamente, se deban emitir para la válida adopción de acuerdos, fundamentalmente el informe de la titular del órgano de apoyo al Consejo de Gobierno Insular"; es decir, la Secretaría General Técnica del Cabildo de Fuerteventura, tal y como establece el artículo 126.4 de la Ley de Bases de Régimen Local.

"Con su comportamiento, el presidente demuestra, casi un mes más tarde, su falta de voluntad de hacer cumplir lo recogido en un informe que es meramente ilustrativo y no vinculante, pero del que hace una interpretación subjetiva", aseguran García y Gutiérrez.

Y es que señalan que, sin ser vinculante, el presidente ha hecho llegar el informe de la Asesoría Jurídica a todos los jefes de Servicio del Cabildo de Fuerteventura. Sin embargo, “no ha obrado de igual forma con el informe de la Secretaría General del Pleno”, con fecha de 16 de enero de 2023, emitido a petición de los grupos CC-AM y PP, que señala expresamente que "el artículo 42 del Reglamento Orgánico del Cabildo de Fuerteventura debe ser interpretado en el sentido de que existe un tope mínimo de miembros del Consejo de Gobierno Insular, que es de tres, es decir, el Presidente y dos Consejeros (uno de los cuales ejercerá la Secretaría del Consejo de Gobierno Insular), y que tres es el número mínimo de asistentes para la válida celebración de sesiones del Consejo de Gobierno tanto en primera como para la segunda convocatoria".

A esto se suma la providencia emitida el mismo 16 de enero por el presidente Lloret contra el secretario general de Pleno, "mediante la cual no solo difama, vilipendia e insulta al personal de la Administración, sino que también hace lo propio con el buen nombre del Cabildo de Fuerteventura", señalan los portavoces.

Por este motivo, los grupos hacen llegar a todos los ciudadanos el informe del Secretario General del Pleno con el objetivo de que dar transparencia a la gestión pública y "limpiar la imagen de un funcionario de intachable trayectoria en nuestra administración, manchada por las mentiras del presidente y su personal de confianza en medios de comunicación".

Por todo ello, y ante el cariz que está tomando el "gobierno de dos" en la máxima institución insular, es por lo que tanto CC-AM como PP han presentado una moción en la que exigen que, "de conformidad con el informe de la Asesoría Jurídica, donde se recoge que se deban emitir para la válida adopción de acuerdos el informe de la titular del órgano de apoyo al Consejo de Gobierno Insular, se solicite por parte del presidente un informe a la Secretaría General Técnica del Cabildo de Fuerteventura, que asiste al Consejo de Gobierno, para determinar cuál es el quórum necesario para la constitución, deliberación y toma de acuerdos en el seno de este órgano de gobierno colegiado".

Así mismo, la moción recoge también "que se haga llegar a todos los miembros del pleno el expediente completo relativo a la emisión de distintos informes y providencias emitidas relativas al quórum del Consejo de Gobierno".

Comentarios

Se me ocurre una pregunta sin mala intención ¿Quiénes fueron los que auparon a la presidencia del cabildo al señor Lloret? Lo que están recibiendo es el pago al favor hecho. Dios los cría y ellos solitos se juntan y mire usted lo que han hecho, y los otros por detrás a ver que cae o cuelan.
Esto no es más que marear la perdiz por parte de CC Y PP.. El informe del Secretario, a diferencia del realizado por el equipo jurídico cbildicio, si es vinculante porque es él el fedatario público que está obligado por su cargo a dar las advertencias legales para impedir que se vulnere la Ley, en este caso, el reglamento del Cabildo. Eso no quiere decir que ese informe del Secretario no pueda ser erróneo, - que en el presente caso no lo es -, pero si alguien lo pone en duda puede acudir a los tribunales; mientras tanto el informe del Secretario General del Cabildo prima sobre cualquier otro, como no puede ser de otra manera. En Fuerteventura se mezclan un alto grado de ignorancia y un enorme voluntarismo infantil que dice muy poco del nivel de nuestros políticos. La ponencia de CC y PP está fuera de lugar ya que, si no se pueden convocar Plenos por carecer de quorum de consejeros de gobierno, no caben ponencias para debatirse o votarse en dichos Plenos que son nulos per se. Es absurda, además, la acción de estos dos partidos por ser contradictoria con su posición. Dada la rocamblesca situación que el propio presidente ha creado, lo que deberían hacer es pedir urgentemente la intervención del Cabildo de Fuerteventura y asunción de competencias por la administración estatal. Probablemente el Secretario del Cabildo, si no obligado, también está capacitado para realizar esa petición en el momento que la presidencia decida convocar otro Pleno.
Mejor pregunta ¿Por qué antes de ser elegida cómo Presidenta del Cabildo, a la candidata de CC-AM, por ser la lista más votada, se le presenta al día siguiente una moción de censura?
Las manitas, XD!
Anónimo 2, por favor léase la ley antes de escribir. El informe del secretario no es vinculante. Es mas, ningún informe de ningún funcionario es vinculante. Algunos son preceptivos y la mayoría ni eso. Además no existe relación de jerarquía entre los informes del secretario y los del cualquier otro órgano asesor del cabildo. Asi que el presidente ante informes contradictorios hará lo que estime pertinente
Al comentario número 5 que firma como Podemos : La Ley no obliga al Presidente a nada, y cierto es por lo tanto que el informe del Secretario no es vinculante; pero hablando coloquialmente me he referido en mi anterior comentario a ese informe como vinculante en el sentido de que si el Secretario ha dado su opinión y ésta no es respetada por el Presidente la responsabilidad por prevaricación será suya y solo suya llegado el caso. Por otro lado, el informe del Secretario General del Cabildo o de un ayuntamiento equis es superior al de cualquier departamento jurídico, precisamente porque es el informe del fedatario público y por eso existe este puesto de Secretario en esas instituciones. Repáselo en sus apuntes derecho por favor, y trate de entenderlo dejando fuera la pasiones y preferencias. Eso no quiere decir que el Secretario no se pueda equivocar o hacer algo deliberadamente contra legere, pero eso lo tendría que establecer un juez mediante sentencia. Pero aún le digo más, en este caso del Cabildo de Fuerteventura es indiscutible que si el reglamento establece un mínimo de 3 consejeros de gobierno en segunda convocatoria para poder desarrollarse un Pleno, ese mínimo lo es también para la primera convocatoria, y solo un lego total en derecho, o simplemente alguien interesado en retorcer la legalidad podría mantener otra cosa, aprovechando que en dicho reglamento no está escrito un mínimo para la primera convocatoria. Si esto fuera como quiere el ignorante Presidente que tenemos, dígame ¿cuando sería necesario convocar en segunda convocatoria?. Es de puro sentido común, que evidentemente no es el más común de los sentidos.

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