El Gobierno da vía libre a la ejecución de un nuevo parque eólico en La Oliva, pero obliga a adaptar el planeamiento para darle encaje
El Boletín Oficial de Canarias (BOC) de este viernes publica el decreto de Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias por el que se acuerda la ejecución del proyecto Parque Eólico Fuerteventura Renovable III de 4,7 MW, en La Oliva, promovido por Belidia Energy S.L. y se ordena la iniciación de procedimiento de modificación del planeamiento afectado.
La publicación del Gobierno indica, asimismo, que, tras el estudio del expediente de la obra, declarada de interés general para el suministro de energía eléctrica, resulta “acreditada la disconformidad del proyecto con el planeamiento que le afecta”, por lo que se ordena, “paralelamente a la ejecución”, la iniciación del procedimiento de modificación del planeamiento territorial y urbanístico afectado (en concreto, el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura y las Normas Subsidiarias de La Oliva), en el plazo de seis meses desde la notificación del decreto, “en todas aquellas determinaciones que resulten incompatibles con la ejecución del proyecto”.
La Dirección General de Industria y Energía ha tramitado el expediente de la obra, que cuenta con declaración de impacto ambiental “favorable condicionada” y la citada declaración de interés general. Sin embargo, ninguna de las dos administraciones afectadas, Cabildo y Ayuntamiento de La Oliva informaron en plazo sobre la conformidad o disconformidad del proyecto con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, por lo que “transcurrido el plazo concedido sin obtener contestación, se entiende evacuado el trámite para continuar con el procedimiento conforme al artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario”, especifica el decreto.
Asimismo, se informa de que con la publicación de la orden de ejecución finaliza la vía administrativa, aunque “podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación”.
Comentarios
1 Anónimo Vie, 15/03/2019 - 13:21
2 Zorrocloco Majorero Vie, 22/03/2019 - 17:39
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